En riesgo de prisión preventiva oficiosa, más 1 de cada 10 imputados
- Juan Ruiz
- 10 may 2021
- 2 Min. de lectura
En abril de 2019 se reformó la Constitución para ampliar de siete a dieciséis casos en los cuáles el juez debe ordenar la prisión preventiva oficiosamente. Ya se habían previsto dos consecuencias de la misma: (i) un mayor riesgo de meter “preventivamente” inocentes a la cárcel hasta por dos años, anulando su presunción de inocencia, y (ii) un aumento en la población carcelaria. La Información Estadística Penitenciaria Nacional confirmó lo anterior. La reforma está asociada con un incremento en la población privada de la libertad y un aumento en el porcentaje de personas en prisión sin sentencia. También el sistema penitenciario nacional vuelve a estar sobrepoblado.
En 2015 inició una tendencia a la baja de la población privada de la libertad. Sin embargo, desde 2019 la tendencia se invirtió. El mayor aumento en la población privada de la libertad registrado en la década se dio en 2020, con casi 14 mil presos más de los que había el año previo.
La prisión preventiva oficiosa explica, al menos en parte, este fenómeno. Por un lado, en 2020 la población carcelaria incrementó a pesar de que el número total de delitos cometidos fuese menor que en 2019 (algo inusual). Por el otro, la mayoría de los nuevos reos que ingresaron a la cárcel fue por prisión preventiva: mientras que en 2018 la proporción de personas privadas de su liberad era de 38% procesados Vs 62% sentenciados, en febrero de 2021 la proporción es 43% Vs 57%.
No hay suficientes datos desglosados para saber exactamente el porcentaje de personas en prisión afectadas por esta reforma. Así que, para estimar el impacto, se identificó el porcentaje de delitos del total en la incidencia criminal que ameritarían prisión preventiva oficiosa tanto antes como después de la reforma. Los resultados son contundentes.
En al menos el 10.7% de los delitos registrados en 2020, el juez debe ordenar la prisión preventiva oficiosa al hacer la vinculación a proceso. Sin la reforma, este porcentaje sería del 2.9% (sin contar incidencia delictiva no identificada). Es decir, sólo en el año pasado se pasó de 47 mil a 205 mil delitos el número mínimo de casos por los cuáles debe encarcelarse a la población sin tener sentencia. Asumiendo patrones similares de incidencia que los del 2020, cerca de 1 de cada 10 personas imputadas estarían en prisión aún sin probarse su culpabilidad.

Si el objetivo es garantizar la presunción de inocencia, reducir la sobrepoblación carcelaria y eficientar el gasto público, el Congreso debería reducir los supuestos de prisión preventiva oficiosa – que no solucionan la crisis de inseguridad e impunidad – y los operadores del sistema de justicia deberían privilegiar medidas cautelares diferentes al encarcelamiento. No es sencillo el camino, pero es la ruta correcta.
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